El acto de separación, sea por mutuo acuerdo o contencioso, es un proceso devastador. Por eso, en nuestro despacho en Zaragoza vamos a preservar tus intereses económicos y patrimoniales
Tratamos cada circunstancia particular, sobre todo cuando afectan a intereses superiores como son los descendientes o los animales de compañÃa. Se buscará salvaguardar los intereses de sus hijos, sean propios o en adopción, posibilitamos la comunicación entre los cónyuges e incluso evitar la vÃa judicial.La modificación del Código Civil del 23 de Julio de 2015 permite tramitar la separación y divorcio de mutuo acuerdo extrajudicialmente ante notario .
Debe haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para poder divorciarse.Dicho plazo no será necesario sà de justifica que hay peligro inminente para la libertad y integridad fÃsica y moral
Trámites para iniciar la demanda de divorcio
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Mediante la que de mutuo acuerdo, entregaran la petición ante el Juzgado de su último domicilio junto a un convenio regulador, representados por un único abogado y por un procurador de oficio.
A partir del 23 de Julio del 2015 se pueden resolver demandas de divorcios por la vÃa rápida, la Jurisdicción Voluntaria es un método eficaz con el cual las personas que han decidido poner fÃn a su contrato matrimonial tienen la expertos posibilidad de hacerlo evitando el pleito. No deben haber descendientes con la capacidad modificada judicialmente y debe haber pasado al menos tres meses desde la celebración de la boda.
La vÃa Judicial es más económica puesto que autoriza a los cónyuges estar representados por el mismo abogado y un único procurador. Es necesario llevar la demanda de divorcio o separación y el convenio regulador en el Juzgado de su domicilio familiar.
Este método lo debe solicitar uno de los que conforman la pareja, el otro recibirá la demanda,siendo la más pesada para los clientes.
El Juez, cuando deba adoptar cualquier medida relativo a la educación de los sucesores menores de 18 años, cuidará por el cumplido de sus deberes al ser atendidos.
Son motivo de disolución:
La interrupción efectiva de la relación matrimonial durante el plazo de treintaiseis meses.